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REVISTA CHILENA
DE DERECHO ANIMAL
ANIMALES LIMINALES: DESAFÍOS DEL
DERECHO ANTE LA ESTIGMATIZACIÓN
GONZALO PÉREZ PEJCIC
MAGÍSTER EN FILOSOFÍA DEL DERECHO, UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES
PROFESOR, UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES.
DIRECTOR DEL INSTITUTO DE DERECHO ANIMAL, CASM, BUENOS AIRES,
ARGENTINA.GONZALOPEREZPEJCIC@GMAIL.COM
Con frecuencia los demás animales son motivo de diversas noticias. Algunas cuentan
historias que ilustran relaciones interespecíficas basadas en la empatía y el respeto.
Otras ofrecen un cariz opuesto. Notas de El Mercurio se titulan “Alumnos se toman
liceo ante plaga de palomas y acusan insalubridad en exterminio
1
, “Halcones contra
palomas, una vieja técnica para frenar plaga en Buenos Aires”
2
; por su parte La
Tercera ha publicado “La respuesta de la Municipalidad de Santiago ante presencia de
ratones en el I. Nacional: ´Se desratizó la semana pasada´”
3
, “La problemática plaga de
cotorras argentinas que invade el sector oriente de Santiago
4
; en La Cuarta puede
verse “Terror en Santiago por plaga de murciélagos”
5
; en el medio digital SoyChile
1 EMOL (02.05.2014). Alumnos se toman liceo ante plaga de palomas y acusan insalubridad en ex-
terminio [fecha consulta: 28.07.20] Disponible en: https://www.emol.com/noticias/nacio-
nal/2014/05/02/658225/alumnos-protestarian-por-plaga-de-palomas-en-liceo-y-se-encontra-
ron-con-que-habian-sido-matadas-a-postones.html
2 EMOL (24.12.2011). Halcones contra palomas, una vieja técnica para frenar plaga en Buenos Aires. [fecha
consulta: 28.07.20] Disponible en: https://www.emol.com/noticias/tecnologia/2011/12/23/518536/
halcones-contra-palomas-una-vieja-tecnica-para-frenar-plaga-en-b-aires.html
3 LA TERCERA (18.04.2019) La respuesta de la Municipalidad de Santiago ante presencia de ratones en
el I. Nacional: “Se desratizó la semana pasada” [fecha consulta: 28.07.20] Disponible en: https://www.
latercera.com/nacional/noticia/la-respuesta-la-municipalidad-santiago-ante-denuncias-rato-
nes-i-nacional-se-desratizo-la-semana-pasada/620741/
4 LA TERCERA (01.02.2014) La problemática plaga de cotorras argentinas que invade el sector oriente de
Santiago. Chile [fecha consulta: 28.07.20] Disponible en: https://www.latercera.com/noticia/la-pro-
blematica-plaga-de-cotorras-argentinas-que-invade-el-sector-oriente-de-santiago/#:~:tex-
t=La%20problem%C3%A1tica%20plaga%20de%20cotorras%20argentinas%20que%20invade%20
el%20sector%20oriente%20de%20Santiago,-Romina%20Bevilacqua&text=No%20existen%20
programas%20de%20control,no%20est%C3%A1%20permitida%20su%20caza.
5 LA CUARTA (13.02.2020) Terror en Santiago por plaga de murciélagos [fecha consulta: 28.07.20] Disponi-
ble en: https://www.lacuarta.com/la-cuarta-tv/noticia/terror-santiago-plaga-murcielagos/457813/
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ANIMALES LIMINALES: DESAFÍOS DEL DERECHO ANTE LA ESTIGMATIZACIÓN
figuran titulares como “Vecinos denuncian plaga de jotes que causa problemas
sanitarios en el sector norte de Antofagasta
6
o “Preocupación por plaga de palomas
en la comuna de Copiapó
7
. La lista sigue y el patrón se repite en otros países.
Los animales no humanos involucrados en esas notas (y muchos otros en situaciones
iguales o similares) viven en el mismo espacio que nosotros, pero los vemos y tratamos
como seres ajenos a nuestras comunidades. En gran medida la exclusión que sufren se
debe a que son presas de discursos estigmatizantes. De ahí que la consideración de sus
intereses sea un desafío. Para comenzar a trabajar el tema debemos advertir que durante
largos años estuvieron ocultos detrás del par domesticado/silvestre, por carecer de
las caractesticas exigidas para estar de un lado o del otro. Hoy ocupan un lugar en
la agenda ética, política y jurídica gracias a los filósofos DonalDSon y KymliCKa, quienes
en su obra Zoopolis: A Polítical Theory of Animal Rights
8
(2011) los llamaron: liminales.
El término proviene de la palabra latinalimesque significa “límite” o “frontera”. Su
sentido es útil para identificar a los demás animales que habitan en zonas urbanas (ej.
palomas, gorriones, cotorras, estorninos, gaviotas, ratones, ratas, murciélagos, ardillas)
o suburbanas (ej. comadrejas, carpinchos, zorros, ciervos, coyotes, jabalíes), y que, por
sus características generales, pueden ser agrupados en una categoría intermedia entre
domesticados y silvestres
9
. Se diferencian de los primeros en que tienen aptitudes para
sociabilizar con los humanos, pero en general –puntualiza Pezzetta– no muestran interés
en establecer fuertes lazos comunicativos y afectivos, a la vez que su dependencia es
flexible. Por otro lado, se distancian de los segundos en que prefieren vivir cerca de
nosotros y no escapan ante nuestra presencia
10
.
6 SOY CHILE (29.04.2019) Vecinos denuncian plaga de jotes que causa problemas sanitarios en el sector
norte de Antofagasta [fecha consulta: 28.07.20] Disponible en: https://www.soychile.cl/Antofagasta/
Sociedad/2019/04/29/593150/Vecinos-denuncian-plaga-de-jotes-que-causa-problemas-sanita-
rios-en-el-sector-norte-de-Antofagasta.aspx
7 SOY CHILE (02.09.2018). Preocupación por plaga de palomas en la comuna de Copiapó [fecha con-
sulta: 28.07.20] Disponible en: https://www.soychile.cl/Copiapo/Sociedad/2018/09/02/553947/
Preocupacion-por-plaga-de-palomas-en-la-comuna-de-Copiapo.aspx
8 Existen dos traducciones al español. Para esta columna he empleado la traducción realizada por Sil-
vina Pezzetta: DONALDSON, Sue y KYMLICKA, Will, Zoopolis. Una teoría política para los derechos de
los animales. Buenos Aires, Argentina. Editorial Ad-Hoc, 2018.
9 Donaldson y Kymlicka indican que esas clases no son “clasificaciones biológicas rígidas”, porque los in-
tegrantes de una especie, miembros dentro de una especie o de especies relacionadas, pueden estar
presentes en los tres grupos, por ejemplo: los conejos. Ibid. p. 350.
10 Las referencias que a lo largo de este breve artículo hago a la opinión de Silvina Pezzetta pueden con-
sultarse en: PEZZETTA, Silvina, Derechos fundamentales para los demás animales. Especismo, igualdad
y justicia interespecies. Lecciones y ensayos. 2018, 100: 69-104.
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Que su dependencia sea variable quiere decir que a contrario de lo que acontece
con los animales domesticados, los liminales son dependientes de las comunidades
humanas, porque les proveen una serie de beneficios que les permite florecer como
especie
11
. Ergo, no dependen de tal o cual humano, es una dependencia general al
asentamiento humano.
Para entender mejor el punto, los mencionados autores formulan distintas clases
de animales liminales que difieren justamente en vulnerabilidades y adaptabilidades:
(1) oportunistas, los altamente adaptativos a una gran cantidad de contextos. Por
consiguiente, existen como poblaciones silvestres y suburbanas (ej. zorros); (2)
especialistas de nicho, los que se ajustaron a nichos ecológicos específicos creados
por determinadas prácticas humanas, y que carecen de la flexibilidad necesaria
para acomodarse en otros ámbitos si el nicho es afectado (ej. el hámster europeo
que vive en los cementerios de Viena); (3) exóticos introducidos o escapados,
los deliberadamente introducidos (ej. la cotorra argentina) y los que huyeron de
zoológicos o de su condición de mascotas exóticas (por sus medios o por haber sido
liberados); y (4) animales ferales, los domesticados cuyos descendientes esquivaron
el control humano directo. La primera generación son víctimas de la injusticia
humana (ej. abandono, maltrato, actos de crueldad) que se amoldaron a sus nuevas
circunstancias, al punto en que algunos llegan a convertirse en silvestres (ej. perros,
gatos, cerdos, caballos).
En cuanto a su origen, son las acciones humanas las que constituyen el carácter
liminal de una especie o, como precisa Pezzetta, de un grupo dentro de la misma
especie. DonalDSon y KymliCKa destacan como principales fuentes: (1) invasión o
rodeo humano de los hábitats tradicionales; (2) domesticación para la satisfacción
de un determinado interés, que luego al saciarse por otros medios generó que no
merezcan más cuidado, tal es el caso de las palomas mensajeras Columba livia o (3)
aproximación a los asentamientos humanos por concederles beneficios de distinta
índole: refugio, alimento, protección de los depredadores, etc. Se resalta que antes
de su acercamiento por las causas enunciadas, eran animales silvestres.
Sin embargo, aun sabiendo que es a través de nuestras actividades que los animales
liminales llegan a vivir con nosotros, no asumimos nuestra responsabilidad (lo cual
exigiría considerar sus intereses básicos) y optamos por exterminarlos. Elegimos ese
camino como resultado de adherir a un discurso (una forma de hablar/escribir que
representa el mundo y lo crea al llenarlo de significado) construido sobre la base de
11 Sin embargo, los asentamientos humanos son hostiles en el sentido de impedir que los animales limina-
les puedan florecer como individuos. Y es que, sus vidas singularmente consideradas están colmadas
de obstáculos que les provocan gran dolor y muertes prematuras. Pensemos por ejemplo en el caso
de las palomas.
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ANIMALES LIMINALES: DESAFÍOS DEL DERECHO ANTE LA ESTIGMATIZACIÓN
estigmas, estereotipos y prejuicios. Cuando nos referimos a ellos, partimos de creer
que las sociedades en las que vivimos son sólo de seres humanos. Haciendo esto
les negamos la pertenencia misma a la comunidad. Pensemos en la organización del
espacio urbano. Construimos ciudades para humanos, pudiendo existir luego ciertos
lugares olvidados y evitados donde resisten algunos liminales (ej., gatos, perros,
ratones, ratas, palomas).
Estos son ámbitos que interrumpen el ordenamiento normal de la ciudad, se los tilda
de particularmente peligrosos e ideales para la “cría y multiplicación de alimañas, que
invaden y perjudican al resto de la ciudad”
12
, en palabras de borSellino. Lo anterior
acontece, según FraSSon, porque la manera en que establecemos asentamientos
se encuentra atravesada siempre por un sistema de creencias, ideas y valores que
definen quienes son los pares y lo que es considerado una cosa
13
. Así, los animales
liminales están fueran de lugar, son estigmatizados como extranjeros o invasores
que traspasaron sin derecho las fronteras humanas y que están aquí ilegítimamente,
exponen DonalDSon y KymliCKa. En consecuencia, su existencia cuando se cristaliza ante
los ojos humanos, lo es bajo la forma de plagas, y dado que no pertenecen a nuestro
entorno, nos sentimos con el derecho de eliminar esas plagas, lo que es equivalente
a las limpiezas étnicas, concluyen estos últimos autores.
El principal desafío que tenemos delante es incluir los intereses básicos de los demás
animales en el Derecho. Claro que esto supone convencer a una amplia mayoría
sobre que el homo sapiens no es el único que tiene intereses o que tiene intereses
que merecen ser tutelados por las leyes. Para alcanzar la meta se ha estudiado la
relevancia moral de la sintiencia, la capacidad de tener experiencias positivas o
negativas, de manera consciente. La razón descansa en que esta capacidad –que
involucra la conciencia, es decir, la existencia de un yo, pero no necesariamente la
autoconciencia, la concepción de sí mismo en el futuro– hace que su poseedor tenga
intereses, como mínimo de evitar dolor y sentir placer. De ahí que sea susceptible de
ser beneficiado o perjudicado. Por eso, se subraya que la sintiencia es en definitiva un
pre-requisito para hablar de intereses. El lector podrá apreciar entonces que no sólo
(y no todos) los humanos son sintientes, los demás animales también lo son.
Dejando de lado distintas controversias, existe consenso en que la función de los
derechos es resguardar intereses. A su vez, el amparo que otorgan implica admitir
que su portador es alguien vulnerable. En este sentido, enseña Pezzetta que el valor
de los derechos yace en su utilidad como barrera protectoria de la vulnerabilidad
12 BORSELLINO, Laura. Animales liminales en la urbe. Espacios, resistencia y convivencia. Revista Latinoa-
mericana de Estudios Críticos Animales. 2015 2(1):74-95.
13 FRASSON, Pablo. Clausuras urbanas y hábitat digno para animales no humanos silvestres y liminales.
Revista Latinoamericana de Estudios Críticos Animales. 2018. 5(2):122-133.
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que caracteriza a los seres sintientes. Por ende, no es excéntrico ni descabellado
bregar por los derechos de los demás animales. Pero, el nuevo interrogante que se
plantea es qué clase de derechos les debemos. DonalDSon y KymliCKa observan que
tradicionalmente la atención fue puesta en los derechos negativos, los aplicables
de forma genérica a todos los seres sintientes, por ejemplo, no ser propiedad,
asesinado, confinado, separado de la familia, etc., descuidando nuestros deberes
relacionales. Por tal motivo, una de las contribuciones más notables del giro político
que ha experimentado la ética animal en la última década es desarrollar los derechos
positivos. Esto significa que las diferentes relaciones históricas que mantenemos
con los animales domesticados, liminales y silvestres, tienen relevancia moral y
generan diversas clases de obligaciones: salud, alimentación, cuidado, hospitalidad,
socialización, vivienda, movilidad, uso del espacio público, etc.
Ahora bien, si los derechos relacionales surgen de los vínculos que ya tenemos con
ellos, y es claro que no mantenemos con todos las mismas interacciones, entonces no
les debemos por igual las obligaciones positivas. Comprendido esto, resta dilucidar los
tipos de derechos relacionales que les adeudamos. Pero primero es necesario ordenar
la compleja trama de relaciones existentes e identificar las diversas injusticias que les
infligimos y los reclamos legítimos que tendrían hacía nosotros. Y las categorías de
la teoría de la ciudadanía (ciudadanía, residencia y soberanía), cumplen esa función.
Es así como los citados autores presentan los derechos relacionales diferenciados
por grupos. La propuesta es considerar a los animales: (1) domesticados, como
ciudadanos, esto es, miembros plenos de nuestra comunidad, pues fueron traídos
a ella privados de otras formas de existencia; (2) silvestres, como ciudadanos de sus
propias comunidades soberanas, cuyas relaciones con las comunidades humanas
soberanas deberían ser reguladas por las normas de la justicia internacional; y (3)
liminales, como residentes, o sea, corresidentes de las comunidades humanas.
Por sus características ya aludidas, no es adecuado ni conveniente reconocer a los
animales liminales como conciudadanos. De esta forma, la residencia envuelve una
relación gobernada por normas de justicia menos rígidas que la ciudadanía, a los
efectos de garantizar un set reducido de derechos y responsabilidades que concreta
el deseo de humanos y liminales de tener un nexo más débil. Para la residencia justa,
existen tres principios cuyas proyecciones prácticas varían de acuerdo a la clase de
animal liminal: (1) seguridad de residencia, el derecho a habitar y no ser tratados
como extranjeros que pertenecen a otro lugar; (2) términos justos de reciprocidad,
derechos enlazados con el deber del Estado de proteger a todos sus habitantes de
las amenazas básicas a la existencia; y (3) medidas antiestigma para evitar que la
residencia se convierta en una cuestión de jerarquía/prejuicio que aísle a los animales
liminales y los haga vulnerables.
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El modelo ofrece un terreno novedoso para repensar los conflictos de intereses entre
humanos y liminales, sin partir de estigmas, estereotipos y prejuicios que decanten
en hechos de discriminación. Nos conduce por un camino de reflexión que pone
en juego nuestra creatividad en la búsqueda de soluciones que valoren sintiencia
y pertenencia. Descarta las respuestas violentas, como los actuales programas de
control y erradicación que aparte de ser especistas, son costosos, en muchos casos
poco efectivos y ponen en riesgo a muchos otros seres. Quizá no sea fácil buscar una
solución diferente a las típicamente desplegadas a lo largo de tantos años, pero el
dolor y la muerte de los animales liminales, no es una opción.
Tenemos el deber de aceptar que compartimos el espacio, y la responsabilidad de
entablar con ellos relaciones de justicia. Hay casos de convivencia justa que permiten
dar cuenta que es viable alcanzar esas relaciones. Por ejemplo, a fines del 2019, la
ciudad de Santa Fe (Argentina), aprobó una ordenanza de cuidado y gestión ética
de palomas con el objetivo de proteger sus vidas y salud mediante el control de su
natalidad, usando métodos éticos y científicamente comprobados. El plan consiste en
cinco programas: (1) anticoncepción, a través de alimentos –suministrados en ciertos
períodos– compuestos de sustancias hormonales que inhiben la fecundación; (2)
creación de palomares en el tejido urbano, instalados y acondicionados conforme a
las pautas de bienestar según su especie y grupo; (3) la formalización de un registro de
voluntarios para la protección de las palomas urbanas, colaboración en la manutención
de los palomares y en la aplicación del método de control de reproducción, entre
otras labores; (4) llevar adelante campañas de información pública sobre derecho
animal, asesorar a la comunidad acerca del contenido e implementación del plan
de gestión poblacional, y generar conciencia sobre la importancia del rescate de las
palomas urbanas que necesiten ser asistidas; y (5) remodelación del Palomar de la
Plaza Cristóbal Colón, para ejercer un control poblacional activo.
Para finalizar, un cambio real respecto de nuestros vínculos con los animales liminales
exige recordar siempre que nuestras decisiones a lo largo de la historia promovieron
su presencia y que integramos comunidades multiespecies. El modelo de residencia
propuesto por DonalDSon y KymliCKa nos brinda un marco fructífero para continuar por
el sendero de las relaciones justas como son las alternativas éticas que sustituyen
los programas de control violento y erradicación. Sin olvidar que no proporciona
una fórmula mágica para resolver todos los dilemas que tenemos y tendremos, pero
clarifica los objetivos y recaudos a la hora de actuar. Advertencia que ambos teóricos
se encargan de dejar en claro.